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PROTOCOLO SOCIAL



EL CHAMPAGNE Y EL COLOR DE RUSIA.
 Los aportes de las mujeres al champagne


   El color de las casas de San Petersburgo a principios del siglo XIX inspiró el color de las etiquetas del champagne de la viuda -la veuve- de Clicquot, llamada Nicole Barbe Ponsardin.




    “La Grande Dame (el nombre de un famoso champagne) se debe a esta mujer emprendedora y no precisamente por su estatura físicaSe dice que medía 1,47 mts. que se casó con el hijo del fundador del emprendimiento, Phillipe Clicquot, destinado a producir vino con espuma en una región donde la industria que predominaba era la textil.


    François, el hijo que se casó con Nicole, murió de fiebre amarilla y la viuda se hizo cargo de los negocios en una sociedad donde la mujer no incursionaba en el mundo de los negocios.

   En 1811 pone a la venta  110.000 botellas de ese vino espumoso, que era muy diferente del champagne actual porque era sometido a un proceso de decantación y remoción de restos después de colocado en una mesa o pupitre " de remuage" y sometido a un proceso que ella inventó para que al inclinarlo, la botella y girarla  el sedimento precipitara y saliera para hacerlo más claro sin perder el burbujeo,  (algo que resulta hoy curioso, es que el burbujeo era considerado negativo y se trataba de evitar a veces sin éxito)  porque hasta ese momento era turbio.  
  25.000 de esas botellas estaban destinadas a entrar de contrabando al mercado ruso y después de ser usado  en una boda de la monarquía se adoptó como bebida oficial de esa corte.
   Por esa época lanza el "Vino  del Cometa" porque coincidiendo con el paso de un cometa la cosecha es excelente  (marketing novedoso porque hay que imaginarse un mundo donde los medios se limitaban a la prensa escrita).

  También adopta un lema comercial que difunde: "sólo una calidad, la primerísima".

  Pese al bloqueo impuesto por Bonaparte  manda 10.550 botellas a San Petersburgo y ese vino de Champagne es el que todos quieren consumir (el boca a boca era la única publicidad utilizada).


   Faltaban muchos años para que apareciera el "brut" .

   En 1814 el mundo sacudido por las guerras napoleónicas era muy diferente, también los productos, la forma de producir, las comunicaciones, la publicidad y el mercado. 

   Este artículo es también un reconocimiento al "empoderamiento" de una "Grande Dame" que no necesitó de decretos para ocupar un lugar ni aportar todo lo que aportó.


                                                                Embajador Dr. Luis Sica Bergara (Agosto, 2004).


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EVENTOS PROTOCOLARES

Evento:  Jura de la Bandera

  Por la  Prof. Dra. Cristina Sica  Mr&Arts   




https://www.youtube.com/watch?v=xniFFSjaQPs
https://www.youtube.com/watch?v=qNL-z4QxPyw


Fecha:    19 de junio
Lugar:
Responsable:

9.15       Se abren las puertas del Aula Magna.

9.16     Se entregan escarapelas a quienes ingresan.

9.30         Inicio del preludio musical.

9.35      Himno a Artigas. 

9.40         Entrada de los miembros del Presidium.

9.45         Presentación  por el Maestro de Ceremonias del Presidium.

9.50         Maestro de Ceremonias anuncia el  ingreso de abanderados y los nomina.

9.51         Ingreso de abanderados.

10.00       Himno Nacional. Debe estar el Pabellón Nacional para ser ejecutado. (Anexo).
              
10.10     Palabras alusivas a  la fecha 19 de junio y su carga simbólica a cargo de la máxima autoridad anfitriona.

10.20  Rememoración histórica.
            Valor, significado y trascendencia del Acto Protocolar “Jura de la Bandera” (1)

10.30     El Maestro de Ceremonias anuncia y convoca a realizar el Juramento de Fidelidad a la Bandera de la República Oriental del Uruguay.

10.35      El máximo jerarca lee y toma el Juramento a quienes lo realizarán. (2)

10.50      Palabras de cierre de autoridad oficial visitante.

11.00   El M.C anuncia el retiro de los abanderados.

11.02      Canción “A mi Bandera” acompaña el retiro de Pabellones.

11.15      El M.C anuncia el retiro de las autoridades.

11.30   Fin del Acto Protocolar.




1.Los símbolos nacionales son atributos exclusivos del Estado y el uso de los mismos por particulares, está condicionado a la autorización general o especial que se conceda y al cumplimiento estricto de las normas vigentes y de la reproducción fiel de aquellas.

El Museo Histórico Nacional del Uruguay, conservará un patrón de cada uno de los símbolos indicados y la reproducción de los mismos debe de hacerse respetando sus dibujos, colores, textos y proporciones.

El Ministerio del Interior cuidará del empleo correcto de los mismos.

2. Por lo menos en una ocasión de su vida, todo ciudadano natural o legal del Uruguay está obligado a prestar juramento de fidelidad a la Bandera Nacional. Dicha obligación fue establecida por el artículo 28° de la ley N° 9.943, del 20 de julio de 1940, y decretos reglamentarios del 19 de diciembre de ese año y del 26 de mayo, 10 de junio y 1° de julio de 1943.
Todo ciudadano, natural o legal, está obligado a prestar juramento de fidelidad a la Bandera Nacional, en acto público y solemne. La Universidad y la Enseñanza Secundaria, así como todos los Institutos privados de enseñanza secundaria y profesional, dispondrán que en sus respectivos locales los alumnos presten ese juramento en idénticas condiciones.A su vez, la ley N° 9.935, del 14 de junio de 1940, estableció que “en todos los institutos de enseñanza públicos y privados se realizará solemnemente, el día 19 de junio, la jura de la bandera”. La falta de juramento de fidelidad a la bandera acarrea sanciones. No se podrán expedir títulos profesionales o técnicos sin el cumplimiento de esa obligación. Asimismo, ningún ciudadano será admitido a desempeñar cargos en la Administración Pública sin haber justificado el cumplimiento de la obligación de juramento de fidelidad a la bandera.
A su vez, los institutos educativos oficiales omisos en organizar el acto de juramento pueden ser pasibles de sanciones administrativas y los privados pueden ser multados.

¿Juráis honrar vuestra Patria, con la práctica constante de una vida digna, consagrada al ejercicio del bien para vosotros y vuestros semejantes; defender con sacrificio de vuestra vida, si fuere preciso, la Constitución y las Leyes de la República, el honor y la integridad de la Nación y sus instituciones democráticas, todo lo cual simboliza esta Bandera?
A lo que, al prestar el juramento, se responde: ¡Sí, juro!





  Símbolos Nacionales

Son Símbolos Nacionales de la República Oriental del Uruguay:

1.      El Pabellón Nacional
2.      El Escudo de Armas del Estado
3.      El Himno Nacional            
4.      La Bandera de Artigas
5.      La Bandera de los Treinta y Tres
6.      La Escarapela Nacional
La gradación de jerarquía, precedencia y respeto es la indicada anteriormente.


Historia y antecedentes
Fijación provisoria del Pabellón Nacional (25-8-1825). 
Ley de 26-8-1825

La honorable Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Río de la Plata, en uso de la soberanía ordinaria y extraordinaria que legalmente reviste ha sancionado y decreta con valor y fuerza de ley, lo siguiente:

Siendo una consecuencia necesaria del rango de Independencia y Libertad que ha recobrado de hecho y de derecho la Provincia Oriental, fijar el Pabellón que debe señalar su ejército y flamear en los pueblos de su territorio, se declara por tal el que tiene admitido, compuesto de tres fajas horizontales, celeste, blanca y punzó, por ahora y hasta tanto que incorporados los Diputados de esta Provincia a la Soberanía Nacional, se enarbole el reconocido por el de la Unidas del Río de la Plata, a que pertenece. 

Dado en la Sala de Sesiones de la Representación Provincial en la Villa de San Fernando de la Florida a veinticinco días del mes de agosto de mil ochocientos veinticinco".





El 17 de diciembre de 1828, Joaquín Suárez hizo presente la demanda urgentísima de fijar y designar el Pabellón que ha de tremolar y ser respetado por todos los ciudadanos del Estado… porque si bien se tremola provisoriamente el de la República Argentina, no puede ser considerado Nacional desde que fue desligada para formar un Estado independiente la Provincia Oriental de la República a que antes pertenecía

“Se leyó y puso a consideración de la Sala el siguiente informe a la Honorable Asamblea General Constituyente y legislativa del Estado. La Comisión especial encargada de presentar a consideración de V.H. el proyecto y diseño de Bandera Nacional, que debe servir en delante de divisa a este Estado, elevado al rango independiente por la Convención Preliminar de Paz, en conformidad con lo propuesto por el Exmo. Sor. Gobernador sustituto, en comunicación de ayer, después de examinar los diseños que también se acompañaron, ha elegido el que detalla la minuta de Decreto que tiene el honor de acompañar, por las razones que los SS. Costa y Masini explanarán en caso necesario en el curso de la discusión.
La Comisión saluda a la H.A. con su más distinguida consideración y respeto, Canelones 18 de Diciembre de 1828. Manuel Haedo, Juan Benito Blanco, Cristóbal Echevarriarza, Antonio Domingo Costa, Ramón Masini.-
Minuta de Decreto. El H. Asamblea General Constituyente y Legislativo ha acordado y decreta:
Artículo único: “El Pabellón del Estado será Blanco con nueve listas de color azul celeste horizontales y alternadas, dejando en el ángulo superior del lado del asta un cuadrado blanco, en el cual se colocará un Sol”. Haedo, Blanco, Echevarriarza, Costa, Masini”.
Puesto en discusión y no habiendo quien tomara la palabra, se procedió a votar si se aprobaba o no la minuta presentada por la Comisión Especial y resultó afirmativa.
(Texto actualizado publicado en Primer Pabellón Nacional 1828 – 1978).”


El día 19 de diciembre Joaquín Suárez promulgó la creación del primer Pabellón Nacional.

Las nueve franjas azul celeste del Pabellón corresponden a cada uno de los Departamentos que a 1828 conformaban la República.

Este Pabellón patrio, según historia recogida por la Familia Suárez, bordado por la Señora María Josefa Álamo, esposa de Joaquín Suárez, fue izado por él mismo por primera vez el 1º de enero de 1829 en la Villa de Guadalupe de los Canelones (Ciudad de Canelones).



El Pabellón Nacional es el adoptado por las leyes del 18 de diciembre de 1828 y 12 de julio de 1830. Sus colores son el blanco y el azul, teniendo el sol, que ocupa el cuadro en color oro.

La Bandera tiene las siguientes proporciones: el largo y el ancho están en relación de 3 a 2 y el espacio que contiene el sol consiste en un cuadro en la parte superior, junto al asta, que llega hasta la sexta franja, exclusive, de color azul. La primera franja y la última son de color blanco. El dibujo del sol consiste en un círculo radiante, con cara, orlado de dieciséis rayos. El sol tiene un diámetro de 11/15 del cuadro blanco.

AUCYP. “Primer Simposio Internacional 10º. Aniversario”. Pág. 35/38 SOC Luis Preza